Conociendo quienes son los actores principales que regulan la electricidad que llegan a nuestras  viviendas, que explicábamos en el artículo anterior llamado ¿Quién hay detrás de mi enchufe? Escrito para la federación de asociaciones vecinales de Murcia y que fue publicado en su revista de este trimestre por parte de Francisco Espín; podemos ya a analizar cómo se compone nuestro recibo y como se distribuye lo que  pagamos.

En un recibo eléctrico ‘limpio’ se pagan 5 conceptos: 2 fijos -el alquiler del contador y la potencia  contratada y tres variables: la energía utilizada, el impuesto de electricidad y el IVA. Empleo  entrecomillado el adjetivo “limpio”, pues existen otros complementos varios solo aplicables en el  mercado libre que pueden tener contratado determinados servicios sucumbido por suntuosos  beneficios que nunca va a necesitar arrastrado por “agresivos” comerciales que nos importunan  siempre en las horas menos apropiadas.

Imagen 4: Composición de la factura eléctrica. Fuente: COGITI. Autoconsumo. Sistemas de energía  alternativos para industria y vivienda.

El primer Término “FIJO”, el TERMINO DE POTENCIA es la potencia máxima que podemos  utilizar a la vez; es decir, simultáneamente. Lo que los abuelos llamaban “la fuerza”. Con mucha  potencia contratada, podemos hacer funcionar varios electrodomésticos de gran potencia al mismo  tiempo, y con poca, al hacerlo, “salta el automático” y ahora el contador. Hasta ahí nada nuevo, solo  que debemos de intentar ajustar el uso que hacemos de esta “fuerza” e intentar optimizarla pues  pagamos un valor regulado por la administración que se fija anualmente por cada kW de potencia  que contratamos.  

Un segundo término “VARIABLE”, que corresponde a los kWh consumidos en el periodo de  facturación, y cuyo precio por la energía consumida dependerá para los pequeños consumidores de  menos de 10 kW que hayamos elegido acogernos a la tarifa regulada a través de la tarifa PVPC  (Precio voluntario del pequeño consumidor), tarifa que solo podemos contratar por las llamadas  comercializadoras de último recurso, las 5 del oligopolio y donde los consumidores pagamos por  nuestro consumo horario a lo largo del día el precio resultante en el mercado eléctrico, es decir  cambia cada día y a cada hora, tarifa pues sujeta a las fluctuaciones diarias del mercado eléctrico  y por tanto, sujetas a la volatilidad del mercado (3).

La otra alternativa que tenemos, es contratar es en el libre mercado a unos precios fijos, de duración  normalmente anual que si bien puede ofrecernos más estabilidad y quizás más seguridad nos exige  de una constante atención y continua revisión de las condiciones de la tarifa contratada, y sobre  todo a las revisiones de precio. Al principio, cuando cambiamos de comercializadora, es habitual  que se nos ofrezcan buenas oportunidades de ahorro, pero finalmente se corre el riesgo de acabar  pagando mucho más sobre todo cuando aparecen estos otros conceptos o añadidos, como servicios  de Reparaciones, Protección de Pagos, y un largo etc. que habitualmente no necesitamos.

Estos precios, bien en PVPC o regulado no son finalmente el resultante total del precio de  mi kWh, el precio de la energía final que pagamos comienza a construirse sobre el coste resultante  del aprovisionamiento de energía eléctrica en el mercado mayorista diario Eléctrico (precio  marginal del sistema), pero que posteriormente se adicionan el resto de costes correspondientes a  las variables de mercados energéticos más los márgenes que apliquen las comercializadoras. Estos  costes adicionales corresponden a aquellos servicios necesarios para asegurar las condiciones de  calidad, fiabilidad y seguridad el suministro de electricidad, como son los pagos por las pérdidas del  sistema eléctrico, los pagos por capacidad, pago para incentivar la inversión en centrales que están  paradas pero preparadas para funcionar cuando el sistema eléctrico lo necesite, o las “tasas de  suelo” como el comúnmente denominado “el derecho de palometa”, impuesto que se paga a los  municipios el cual supone el 1,5 % del total del consumo eléctrico que existe en el municipio, entre  otros.

En definitiva, el precio mayorista de electricidad influido por “la tormenta perfecta” de nuestra  amiga Filomena y que el 8 de enero de 2021 alcanzó un precio medio de casi 95 €/MWh (0,095  c€/kWh) frente a la media mínima anual del 2020 situada por debajo de los 35 €/MWh (0,035  c€/kWh), afectará a ese 30-40 % del total del precio de nuestro kWh, y únicamente durante la hora  y día que se produjo esos precios, sin olvidar que solo aplicable a aquellos que tuvieran contratada  la tarifa PVPC. De continuar estos precios durante todo lo largo del mes de enero, que con alta  probabilidad no se producirá, la factura de un consumidor con 4,6 kW de potencia contratada y  3.500 kWh/año de consumo rondaría los 75 €, 20 € más que la factura media de 2020.

Aun así, puede parecer que esa volatilidad en el precio mayorista pueda suponer una desventaja  frente las tarifas de precio fijo, pero no es siempre así, pues la experiencia demuestra que estas  tarifas incorporan habitualmente unos altísimos márgenes adicionales a los de las variables sobre  todo en determinadas comercializadoras. Para ello, y no muchas veces con ciertas artimañas, nos  venden servicios que probablemente en la mayoría de los casos no necesitamos o bien atractivos  descuentos, pero sobre precios previamente inflados o incluso temporales, por lo que a la larga  puede salirle más cara.  

Siguiendo el análisis de nuestra factura, a los términos anteriores, potencia y energía, se le aplica el  impuesto eléctrico, el 5,1127 % vigente desde la ley 28/2014, destacar que hay ciertas actividades  como riegos agrícolas que están exentos. Tras el impuesto eléctrico nos encontramos con el Alquiler  del contador, el cual se abona siempre que el contador no se tenga en propiedad, que es casi nunca  para los domésticos y cuyo precio está regulado para los equipos de Baja Tensión con menos de  15kW de potencia. Por último, se aplica el IVA directamente sobre el impuesto eléctrico. No deja de  resultar curioso que paguemos un impuesto de valor añadido sobre un bien o servicio, aplicado  realmente sobre otro impuesto como es el eléctrico.

En resumen, el importe total de la factura (insisto, de una factura ‘limpia’) es el resultado de sumar  los conceptos de potencia contratada más energía consumida (precio mayorista, margen más restos  de costes del sistema), alquiler de contador, un 5,11% de impuesto de electricidad y un 21% de IVA.  

Llegado a este punto, ya sabemos  quienes son los actores principales que regulan la electricidad Generación, Transporte, Distribución y Comercialización y como está compuesta nuestra factura; vemos que después de muchos  impuestos, existe un precio mayorista sobre el que se forman el resto de conceptos e impuestos.

En el siguiente y último articulo, hablaremos de cómo funciona el mercado marginalista del que venimos  hablando, el cual consiste en una subasta marginalista. Esta influye en los  precios, y en la volatilidad e impredecibilidad en la factura de los consumidores finales. Sabiendo ya todo esto, resultará más fácil  entender lo que pasó este mes de enero.

 

Francisco Espín Sánchez. Ingeniero. Director de Efficiency Services Consulting, consultora de Ingeniería en energía y formación. francisco.espin@efficiencyconsulting.es.  

Consultor y miembro del consejo rector de la cooperativa comercializadora “La solar Energía  cooperativa”, formador en materia de energía y en especial autoconsumo, imparte varios cursos de  formación en estas materias para el Consejo General de la Ingeniería técnica Industrial de España,  colegios profesionales de ingeniería técnica (Madrid, Guadalajara y Murcia), así como asociaciones  de instaladores, como la Federación de empresarios de instaladores de la provincia de Alicante,  FEMPA , entre otras.  

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